DESCRIPCIÓN
<p> Hermoso semipiso <br>Moderno con pileta EN ÚLTIMO PISO.<br>PARRILLA. SUM. SOLARIUM.<br>3 ambientes GRANDE con dos baños completos <br>Cocina SEMI integrada por barra desayunadora. Puerta.<br>Espacio para mesa en cocina. <br>Espacio para lavarropas, lavavajillas, heladera, microondas, spar. Además hay espacio para otro electrodoméstico más (ejemplo secarropas). <br>Segunda bacha en espacio lavadero integrado. <br>Dormitorio principal en suite. <br>Dormitorio secundario. <br>Baño secundario completo. <br>Baños com bomba eléctrica instalada. <br>Pisos flotantes madera 8mm espesor <br>Calefacción individual por losa radiante en TODOS los ambientes, incluida la cocina. <br>Caldera individual BAXI para agua caliente y calefacción de la unidad. <br>Balcón al frente CORRIDO, todos los dormitorios y el living comedor con salida al balcón. Orientación Oeste <br>Moderno. <br>Excelentes muebles de cocina y terminaciones. <br>Bisagras ópticas. <br>Placard con frente ESPEJADO de piso a techo.<br>Interiores de placard completos de melanida texturizada. <br>Mueble de recepción en living-comedor con frente espejado de piso a techo. <br>Portero visor SOL y AIRE <br>Todas las ventanas tienen persianas. <br>Instalaciones para Aires Acondicionados en cada uno de los tapa rollos. <br>Cochera opcional a $28.500</p><p>Expensas: $225.000<br>SUM con parrilla Solarium con pileta en último piso <br>Listo para ser entregado. <br><br>DETALLES A TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE ALQUILAR UNA VIVIENDA EN C.A.B.A.:<br><br>Pago de Honorarios Profesionales por la intervención de un Corredor Matriculado: el 4,15% (+ IVA) sobre el valor total del contrato de locación (conf. Art. 57 Ley 2340 CABA). Para los casos de alquileres de viviendas con destino habitacional en los que el inquilino sea una persona física, el pago de honorarios queda únicamente a cargo del propietario*.<br><br>Depósito en garantía: En los casos de locación con destino a vivienda, el propietario no podrá exigir al inquilino una cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler por cada año de contrato; del mismo modo tampoco podrá exigir el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes (conf. Art. 1196 Código Civil y Comercial de la Nación (http://www.codigocivilonline.com.ar/articulo-1196/). El contrato de locación de inmueble con destino a vivienda tiene un plazo mínimo legal de 2 años (conf. Art. 1198 del Código Civil y Comercial de la Nación (http://www.codigocivilonline.com.ar/articulo-1198/). Es decir que para un contrato de alquiler tradicional de 2 años de duración, el propietario no podrá exigirte más que el importe equivalente a 2 meses de alquiler en concepto de depósito. Puede pedirte menos (por ej. 1 mes), pero no más que dos.<br><br>Gastos de gestoría de informes y certificados: Hay que tener en cuenta que los gastos de gestoría de los informes y certificados no podrán ser requeridos a los locatarios de inmuebles con destino habitacional que sean PERSONAS FÍSICAS*. En este caso los deberá abonar el propietario. Sí lo abonarán las personas jurídicas. Sí se pedirán al inquilino los valores de cada uno de los informes y certificados emitidos.<br><br>Los informes/certificados que generalmente se solicitan al momento de concretar un alquiler:<br><br> · A. Informe/certificado de Dominio: permite conocer la situación jurídica de un inmueble según información del Registro de la Propiedad competente. Incluye información acerca de quién es el titular del inmueble (a nombre de quién o quiénes está), la existencia de embargos, hipotecas, servidumbres, derechos reales en general, afectación a bien de familia y otras posibles situaciones..<br><br> · B. Informe de frecuencia: El certificado de frecuencia de pedidos brinda información acerca de cuántas veces fue solicitada una matrícula de un inmueble en los últimos 90 días. Una frecuencia alta (es decir, si se han pedido informes varias veces sobre el mismo inmueble recientemente) puede ser indicio de que se trate de una "garantía comprada".<br><br> · C. Informe/certificado de Inhibición: El informe de inhibición informa si los titulares del dominio se encuentran inhibidos para disponer libremente de sus bienes.<br><br>Los valores al público de dichos informes y certificados en el mostrador del Registro de la Propiedad Inmueble (Venezuela 1135, CABA), se encuentran publicados en la página web oficial del organismo: http://www.dnrpi.jus.gov.ar/tabla_valores/tabla_valores.php. Se debe tener en cuenta que para obtener todos los informes -que abona el inquilino- se recurre a servicios arancelados de gestoría, que abona el propietario. <br><br>Gastos de escribanía: Suele solicitarse que las firmas, tanto del inquilino como del garante, estén certificados por escribano. El precio de las certificaciones de firmas dependerá del escribano interviniente. Todos los gastos realizados deberán ser debidamente justificados y en los casos de los alquileres de vivienda a personas físicas con destino habitacional, serán soportados por el propietario del inmueble a alquilar.<br><br>Publicidad: Todas las oficinas en las que se preste servicio de corretaje inmobiliario deberán tener carteles visibles donde se determine la siguiente leyenda: "Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato"*<br><br>También, en los casos de publicar avisos web promocionando propiedades para alquiler para vivienda, se deberá acompañar la publicación con la siguiente leyenda: "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".*<br><br>* Estas regulaciones se aplican sólo a los alquileres en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. <br><br><br>LINKS ÚTILES:<br><br>Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires:<br><br>http://www.dnrpi.jus.gov.ar/<br><br>Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires:<br><br>http://www.cucicba.com.ar/noticia/924/alquiler-de-vivienda-unica..asp<br><br>http://www.cucicba.com.ar/preguntas_frecuentes_detalle.asp?id=10<br><br>Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires:<br><br>http://www.defensoria.org.ar/<br><br>http://www.defensoria.org.ar/noticias/la-defensoria-presenta-una-guia-para-que-conozcas-cuales-son-tus-derechos-como-inquilino-y-como-hacerlos-valer/<br><br>Código Civil y Comercial de la Nación:<br><br>http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/norma.htm<br>
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